y escribirás sobre ellas todas las palabras de esta ley. Esto lo harás después de cruzar el Jordán y de entrar en la tierra que el Señor tu Dios te da, tierra donde abundan la leche y la miel, tal como el Señor tu Dios se lo prometió a tus antepasados. Cuando hayas cruzado el Jordán, colocarás esas piedras sobre el monte Ebal y las cubrirás con cal, tal como te lo ordeno hoy. Edificarás allí un altar de piedra en honor al Señor tu Dios, pero no con piedras labradas con instrumentos de hierro, sino con piedras enteras,

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